¿Por qué invertir tu APV en Nevasa?

Nuestra oferta en una primera instancia, contemplará 3 carteras recomendadas de APV, las que llevan nombres de cerros chilenos, divididos según la complejidad de sus cumbres; y, por ende, de su perfil de riesgo.

Pochoco, enfocado para perfiles más conservadores; Provincia, para aquellos que buscan una estrategia más moderada; y El Plomo, para perfiles más agresivos.

De igual manera puedes hacer tu APV directo en uno o más de nuestros fondos.

1
3
2

Invierte desde hoy en tu futuro y aprovecha estos beneficios

1

Aumentar el monto de tu pensión futura

2

Beneficios tributarios

3

Fondos inembargables y heredables

4

Compensar tus lagunas previsionales



¿Régimen A o B?


Maximiza tus beneficios tributarios
¿Cuál me conviene?

Régimen A

1

¿En qué consiste?

El Estado te bonificará anualmente con un 15% de todo lo que aportaste a tu APV el año anterior

2

Tope del beneficio

Tope anual de 6 UTM

3

Recomendado para:

Enfocado a personas de rentas medias–bajas (rentas inferiores a $4.100.000 mensuales brutos), revisar la conveniencia del régimen A

Régimen B

1

¿En qué consiste?

El Estado premiará tu ahorro con una disminución de tu impuesto a la renta, es decir, disminuyendo tu base imponible por el monto aportado

2

Tope del beneficio

Tope anual de 600 UF

3

Recomendado para:

Enfocado a personas de rentas medias altas que se encuentran en la tasa de impuestos mayor al 13,5%, revisar la conveniencia del régimen B

¿Cómo sería tu jubilación con APV?

Simula aquí cuanto mejoraría el monto de tu pensión haciendo APV:

Simula tu APV

Puedes invertir tu APV con nosotros bajos estas dos modalidades:

Depósitos de Ahorro Previsional Voluntario (DAPV):

Los DAPV son aportes directos por única vez, o bien ahorros mensuales con cargo a tu cuenta corriente o por descuento mensual vía tu empleador. Se debe considerar que los DAPV cuentan con un tope de 50 UF mensuales o de 600 UF anuales para acogerse a beneficios tributarios.

Depósitos Convenidos (DC):

El Depósito Convenido es un acuerdo que debe ser pactado entre un trabajador y su empleador, y consiste en ahorrar un monto determinado con el objetivo de mejorar o anticipar la pensión. Su aporte anual tiene un tope de 900 UF y cuenta con un beneficio tributario al no constituir renta para el trabajador.

¿Tienes dudas o quieres comenzar a invertir en APV?

Clientes Nevasa

Contacta directamente a tu ejecutivo o llámanos al +562 2411 9800

Si aún no eres cliente

Completa tus datos haciendo clic en el siguiente botón

QUIERO QUE ME CONTACTEN

3 Preguntas Frecuentes

3

El APV es el ahorro voluntario que una persona tanto dependiente, como independiente puede realizar para mejorar su pensión, de manera adicional y complementaria a su cotización obligatoria que realiza en la AFP. Este ahorro cuenta con atractivos beneficios tributarios y aportes del Estado.

3

Debes ser trabajador dependiente o independiente y estar realizando cotizaciones previsionales en una AFP o en el IPS.

3

No existe un monto mínimo para realizar tu APV, y el tope es de 50 UF mensuales o 600 UF al año.

3

Tu APV si se puede traspasar sin problemas entre instituciones. Para esto, contáctanos y te gestionamos el traspaso.

3

Puedes depositar de forma directa (transferencia / abono) a la institución donde contrates tu APV, o también tu empleador lo puede descontar mensual-mente de tu sueldo (descuento por planilla).

3

Puedes retirar tu dinero cuando tú quieras, solo debes tener claro que si estás percibiendo algún beneficio por parte del Estado (Régimen A o B) lo perderás, a menos que decidas esperar hasta jubilar.

3

Si puedes contratar un APV sin cotizar, siempre y cuando puedas demostrar que recibes una renta distinta a tu pensión.

3

Si, en caso de deceso, tus fondos ahorrados en APV serán destinados a tus herederos.

3

Uno de los tantos beneficios de contratar APV es que, si tienes deudas y no pudiste pagarlas, las empresas no podrán embargar los fondos que tienes en tu cuenta de APV.

3

Al pensionarte puedes retirar parte de lo que ahorraste en APV (si cumples los requisitos) como ELD (Excedente de Libre Disposición) , pudiendo optar por retirar de una sola vez un máximo de 800 UTM o bien retirar 1.200 UTM en al menos en 6 años, con un máximo de 200 UTM anuales.
La rentabilidad es fluctuante por lo que nada garantiza que las rentabilidades se mantengan en el futuro.